viernes, 17 de abril de 2009

LA NUEVA VISION DE LOS COMITES DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL EN LAS EMPRESAS VENEZOLANAS

Con respecto al artículo que trata del Proceso de Reforma de la seguridad Social en Venezuela, es cierto que Venezuela ha sido víctima de crisis económicas, políticas y sociales que la han dejado en condiciones precarias y por ende el estado se ha visto en la obligación de proteger de alguna manera a los individuos y para ello ha elaborado algunas leyes, tratados y convenios. Entre ellos la más importante que es la Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, publicada en Gaceta Oficial Número 3.850 de fecha 18 de julio de 1986 (LOPCYMAT). Esta ley se encarga que cada empresa cumpla con la seguridad social a la que tiene derecho cada empleado de la sociedad.
La Constitución Bolivariana de la República de Venezuela también defiende la seguridad social y establece en su Artículo 86: “Toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de carácter no lucrativo, que garantice la salud y asegure protección en contingencias de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad, necesidades especiales, riesgos laborales…” “…El Estado tiene la obligación de asegurar la efectividad de este derecho creando un sistema de seguridad social universal, integral, de financiamiento solidario, unitario, eficiente y participativo…” Articulo base ya la constitución es la madre de las leyes.
De igual forma existe un convenio que señala que debe haber un sistema de inspección este es: CONVENIO 81: Faculta a los órganos oficiales a realizar Inspecciones a todos los centros de Trabajo, Establecimientos o Unidades de Explotación de las diferentes empresas, las 24 horas del día, los 365 días del año.
Artículo 3: 1. El sistema de inspección estará encargado de:
• Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales relativas a las condiciones de trabajo y a la protección de los trabajadores en el ejercicio de su profesión, tales como las disposiciones sobre horas de trabajo, salarios, seguridad, higiene y bienestar, empleo de menores y demás disposiciones afines, en la medida en que los inspectores del trabajo estén encargados de velar por el cumplimiento de dichas disposiciones;
• Facilitar información técnica y asesorar a los empleadores y a los trabajadores sobre la manera más efectiva de cumplir las disposiciones legales;
• Poner en conocimiento de la autoridad competente las deficiencias o los abusos que no estén específicamente cubiertos por las disposiciones legales existentes.

Por tal motivo el movimiento sindical venezolano, defiende los derechos de los trabajadores basándose especialmente en el artículo citado por la constitución, ya que este sirvió de base para crear los demás; este movimiento ha luchado durante largo tiempo para proteger al trabajador del caos de la pobreza, el caos políticos, en el que Venezuela ha estado constantemente, pero se puede decir que han tenido éxito ya que en los momentos actuales los trabajadores gozas de grandes beneficios y protección laboral.

No hay comentarios:

Publicar un comentario