domingo, 26 de abril de 2009

EL MOVIMIENTO SINDICAL VENEZOLANO EN LA EPOCA DE LA MUNDIALIZACION: LA TRANSICION DEL "PUNTO FIJISMO"

Para tener una noción clara de del tema hay que conocer que es el puntofijismo (pacto de “Punto Fijo”), este no es más que un acuerdo entre partido políticos como Acción Democrática (AD), Partido Social Cristiano Copei y LA Unión Republicana Democrática (URD), lo cual fue después del derrocamiento de Marcos Pérez Jiménez esto con mira a respetar la Constitución Bolivariana y evitar un Golpe de Estado.

Al transcurrir el tiempo llega el momento en chaves intenta el golpe de estado y luego en 1999 es electo presidente de Venezuela y desde entonces había estado intentando modificar la constitución Bolivariana de la República hasta lograrlo el año 2009 con la enmienda constitucional

Desde que chaves gana la presidencia comienza la polémica en las organizaciones sindicales por crear un sindicalismo patriótico u oficialista dependiendo de los simpatizantes; hay instituciones o empresas en las que se crean sindicatos en la que solo apoyan a los que apoyan el proceso Bolivariano y estos pelean por los derechos y beneficios que han acordado entre el patrono y los miembros del sindicato, dejando a un lado a los trabajadores de la quinta república, es decir, dejando a un lado la verdadera democracia, donde la igualdad y el derecho de palabra es lo primordial, de igual forma el gobierno intenta guiar de alguna forma a las organizaciones sindicales los cual es anticonstitucional ya que está en su artículo 95 dice: “Los trabajadores y las trabajadoras, sin distinción alguna y sin necesidad de autorización previa, tienen derecho a constituir libremente las organizaciones sindicales que estimen conveniente para la mejor defensa de sus derecho e interés, así como a afiliarse o no a ellas de conformidad con la ley.”; de igual forma La Ley Organica del Trabajo señala en su artículo 401 “Nadie podrá ser obligado no constreñido directa o indirectamente a formar parte o no de un sindicato.

Los sindicatos tienen derecho a redactar sus propios estatutos y reglamentos y a elegir libremente a los integrantes de su junta directiva; a programar y organizar su administración y a establecer pautas para realizar su acción sindical”.

EL MOVIMIENTO SINDICAL ANTE LAS NUEVAS FORMAS DE ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO

Los trabajadores se organizan en forma sindical para luchar unidos por los derechos de todos sus compañeros de labores, estos sindicalistas tienen el deber de formarse de una forma apolítica, es decir, defender a los afiliados sin distinción de colores políticos; una vez que se firme una contratación colectiva dentro de una empresa estos tienen ciertas normas que tiene que cumplir, por lo general una contratación colectiva tiene una duración de 3 años , tiempo durante el cual están vigentes todos los beneficios acordados por el patrono; de igual forma estos movimientos participan en la mayoría de las decisiones que la empresa toma siempre y cuando sea en relación a los trabajadores; los afiliados tienen que contribuir con un aporte, es decir, un porcentaje o monto fijo de su sueldo para el desenvolvimiento administrativo de la organización sindical.

El objetivo es hacer que se cumplan los acuerdos pautados entre las partes y de esta manera mantener la paz y el buen funcionamiento de las tares dentro de la empresa, estos también buscan que el trabajador tenga una estabilidad laborar dentro de la empresa, y esto es muy importante en este mundo donde los constantes cambios económicos y políticos de nuestra sociedad perjudican es al empleado por causa del despido injustificado y la reducción de personal, es allí donde actúan estas organizaciones para mantener al trabajador protegido y asegurar una estabilidad.

Vivimos en una Sociedad que no perdona, si como ciudadanos no nos mantenemos activos, participando de una u otra manera en actividades de formación académica o relacionándonos con personas influyentes, la sociedad misma se encarga de excluirnos o de mantenernos al margen, es decir, sin derecho a un trabajo digno y por ende sin el derecho de llegar a pertenecer a una organización sindical; pero excluir a una persona es contra la ley ya que el estado debe proteger al ciudadano, lo establece la Ley del Trabajo en su artículo 2: “El Estado protegerá y enaltecerá el trabajo, amparará la dignidad de la persona humana del trabajador y dictará normas para el mejor cumplimiento de su función como factor de desarrollo, baja la inspiración de la justicia social y de la equidad”.

viernes, 17 de abril de 2009

LA NUEVA VISION DE LOS COMITES DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL EN LAS EMPRESAS VENEZOLANAS

Con respecto al artículo que trata del Proceso de Reforma de la seguridad Social en Venezuela, es cierto que Venezuela ha sido víctima de crisis económicas, políticas y sociales que la han dejado en condiciones precarias y por ende el estado se ha visto en la obligación de proteger de alguna manera a los individuos y para ello ha elaborado algunas leyes, tratados y convenios. Entre ellos la más importante que es la Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, publicada en Gaceta Oficial Número 3.850 de fecha 18 de julio de 1986 (LOPCYMAT). Esta ley se encarga que cada empresa cumpla con la seguridad social a la que tiene derecho cada empleado de la sociedad.
La Constitución Bolivariana de la República de Venezuela también defiende la seguridad social y establece en su Artículo 86: “Toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de carácter no lucrativo, que garantice la salud y asegure protección en contingencias de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad, necesidades especiales, riesgos laborales…” “…El Estado tiene la obligación de asegurar la efectividad de este derecho creando un sistema de seguridad social universal, integral, de financiamiento solidario, unitario, eficiente y participativo…” Articulo base ya la constitución es la madre de las leyes.
De igual forma existe un convenio que señala que debe haber un sistema de inspección este es: CONVENIO 81: Faculta a los órganos oficiales a realizar Inspecciones a todos los centros de Trabajo, Establecimientos o Unidades de Explotación de las diferentes empresas, las 24 horas del día, los 365 días del año.
Artículo 3: 1. El sistema de inspección estará encargado de:
• Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales relativas a las condiciones de trabajo y a la protección de los trabajadores en el ejercicio de su profesión, tales como las disposiciones sobre horas de trabajo, salarios, seguridad, higiene y bienestar, empleo de menores y demás disposiciones afines, en la medida en que los inspectores del trabajo estén encargados de velar por el cumplimiento de dichas disposiciones;
• Facilitar información técnica y asesorar a los empleadores y a los trabajadores sobre la manera más efectiva de cumplir las disposiciones legales;
• Poner en conocimiento de la autoridad competente las deficiencias o los abusos que no estén específicamente cubiertos por las disposiciones legales existentes.

Por tal motivo el movimiento sindical venezolano, defiende los derechos de los trabajadores basándose especialmente en el artículo citado por la constitución, ya que este sirvió de base para crear los demás; este movimiento ha luchado durante largo tiempo para proteger al trabajador del caos de la pobreza, el caos políticos, en el que Venezuela ha estado constantemente, pero se puede decir que han tenido éxito ya que en los momentos actuales los trabajadores gozas de grandes beneficios y protección laboral.

ANALISIS CRITICO DE LA SOBREEXPLOTACION DEL TRABAJO FEMENINO EN VENEZUELA

Con respecto al artículo de Sobreexplotación del trabajo femenino, es cierto que la mujer Venezolana hoy en día es muy tomada en cuenta por la sociedad, es cierto que tiene que esforzarse más que el hombre, ya que es a ella que le ha tocado la tarea de mantener su hogar en orden, por esta razón en muchas oportunidades es limitada dependiendo de las funciones que tenga que ejecutar, es decir, si una empresa requiere una persona que constantemente tenga que viajar, por lo general solicitan hombres o mujeres solteras y sin hijos, pero su capacidad productiva en las instituciones o empresas es valorada al igual que la del hombre. El trabajo se hace intenso para una mujer dependiendo de las habilidades y conocimientos que posea en relación a la tarea a desarrollar y no por intenciones propias de la empresa, en ningún momento la empresa o institución selecciona actividades difíciles para asignárselas especialmente a las mujeres y dejarles las más fáciles o menos engorrosas a los hombres; de igual forma en Venezuela la mujer tiene el mismo horario de trabajo que el hombre, lo estipula la Ley del Trabajo en su artículo 195 “Salvo las excepciones previstas en esta Ley, la jornada diurna no podrá exceder de ocho (08) horas diarias, ni de cuarenta y cuatro (44) semanales; la jornada nocturna no podrá exceder de siete(7) horas diarias, ni de cuarenta (40) semanales; y la jornada mixta de siete y media (7 ½) horas por día, ni de cuarenta y dos (42) por semana.” Es decir, que el horario de trabajo asignado es igual para todos, si ella decide laborar fuera de su horario establecido es por decisión propia para colaborar con su superior inmediato, o bien por no haber terminado una tarea determinada que se requiera a tiempo.
En relación a la remuneración de la mujer, su salario es acorde al cargo que ocupa dentro de la empresa o institución, en ningún momento es inferior al del hombre si este ocupa el mismo cargo que ella, para ello el gobierno decreta un salario mínimo y una escala de sueldos para los funcionarios públicos, para guiarse a través de estas leyes.
La mujer venezolana de hoy no puede ser discriminada, ya que en Venezuela se promulgó una Ley de Protección a la mujer y prohíbe cualquier tipo de discriminación; y en cuanto a la exclusión hay mujeres que tienen cargos de Directoras de grandes empresas e instituciones, de igual forma algunas tienen cargos de elección popular, así que no están excluidas de ninguna actividad; se considera que la mujer venezolana ha defendido muy bien sus derechos y a logrado ganarse el respeto de los hombres. Es por ello que en Venezuela la mujer y el hombre tiene los mismos derechos.